Opiniones

Cinco años después: por qué el ingreso por un paso no habilitado no puede perseguir a un migrante para siempre (EEUU /Chile)

Miles de personas viven hoy en Chile después de haber entrado por un paso no habilitado. Muchas llegaron hace más de cinco años, en la ola migratoria venezolana. Trabajan, arriendan, cotizan y tienen hijos en colegios chilenos. Y cada cierto tiempo reciben una carta del Servicio Nacional de Migraciones que les ordena salir del país.

Cinco años después: por qué el ingreso por un paso no habilitado no puede perseguir a un migrante para siempre (EEUU /Chile)

Por Braulio Jatar Alonso

Miles de personas viven hoy en Chile después de haber entrado por un paso no habilitado. Muchas llegaron hace más de cinco años, en la ola migratoria venezolana. Trabajan, arriendan, cotizan y tienen hijos en colegios chilenos. Y cada cierto tiempo reciben una carta del Servicio Nacional de Migraciones que les ordena salir del país.

La pregunta jurídica es simple: ¿puede el Estado sancionar indefinidamente un hecho ocurrido hace años? Como abogado internacional, mi respuesta es que no. Y no es una opinión sentimental. Es lo que dice nuestra ley, y es también lo que ha resuelto un país que castiga la entrada irregular con mucha más dureza que Chile.

Lo que dice la ley chilena

Desde febrero de 2022, entrar a Chile por un paso no habilitado no es un delito. La Ley 21.325 lo trata como una infracción administrativa, que puede terminar en expulsión.

Pero esa misma ley le puso un límite de tiempo. Su artículo 32 N° 3 prohíbe el ingreso a quienes hayan entrado por un paso no habilitado «en los cinco años anteriores». Y el artículo 127 N° 1 solo permite expulsar por esa causa cuando la prohibición se configura.

La consecuencia es lógica. Si pasaron más de cinco años desde el ingreso, la causal ya no existe. Sin causal, no hay base legal para expulsar ni para rechazar una residencia por ese motivo. Así lo entendió la Corte de Apelaciones de Santiago en un fallo de 2025, que impidió al Servicio declarar inadmisible una solicitud de residencia por un ingreso clandestino de más de cinco años.

Hay un argumento adicional. La propia Corte Suprema ha calificado la expulsión por ingreso clandestino como ejercicio de la potestad sancionatoria del Estado. Y en nuestro derecho, las sanciones no son eternas: prescriben.

La lección de Estados Unidos

En Estados Unidos, entrar por un lugar no autorizado sí es un delito federal. Es una falta penal menor, con hasta seis meses de cárcel. Y aun así, los tribunales de ese país han fijado un principio que vale la pena traer a Chile: la entrada irregular se consuma en el momento de cruzar, no después.

El caso más claro es Rincon-Jiménez, de 1979. Un mexicano había cruzado de noche por la playa entre Tijuana y San Ysidro casi nueve años antes de ser acusado. El juez de primera instancia dijo que el delito seguía cometiéndose mientras él permaneciera en el país. La Corte de Apelaciones del Noveno Circuito lo corrigió: el plazo de prescripción de cinco años corre desde la entrada, y estaba vencido. No podía ser juzgado.

La Corte Suprema de Estados Unidos ha dado dos razones de fondo. Primero, que la palabra «entrada» se refiere a un lugar y a un momento, y no sugiere continuidad. Segundo, que los delitos que «se siguen cometiendo» deben ser una excepción, porque la prescripción protege a las personas de responder por hechos de un pasado lejano.

El contraste lo confirma. Cuando el Congreso estadounidense quiso castigar la permanencia, lo dijo con todas sus letras. El delito de reingreso tras una deportación sanciona al extranjero que es «encontrado» en el país, y ese sí se considera continuado. El legislador chileno, en cambio, usó el verbo «ingresar» y le fijó un plazo de cinco años.

El razonamiento es sencillo. Si un país que trata la entrada irregular como delito reconoce que el reloj corre desde el cruce, con mayor razón debe reconocerlo Chile, que la trata como infracción administrativa y que escribió el plazo en la ley.

Lo que dirán quienes piensan distinto

Un buen argumento jurídico se mide también por sus objeciones. Estas son las principales, y mi respuesta a cada una.

«Eso premia la clandestinidad.» El plazo no lo inventó un juez ni un abogado: lo escribió el Congreso en 2021. Si el legislador hubiera querido una sanción sin límite de tiempo, no habría escrito «en los cinco años anteriores». Respetar la ley no es premiar a nadie.

«La Corte Suprema ha confirmado expulsiones por paso no habilitado.» Es cierto. Pero en los casos conocidos el ingreso estaba dentro de los cinco años, o la fecha no se discutió. Ninguno ha rechazado la tesis de los cinco años.

«En Estados Unidos igual deportan.» También es cierto. Allá la prescripción impide el juicio penal, pero no la deportación civil, que no tiene plazo. Y desde 2025 el Departamento de Justicia sostiene que «eludir la inspección» sí es un delito continuado, aunque esa es una opinión del gobierno, no una sentencia. Precisamente por eso el ejemplo favorece a Chile: nuestro legislador, a diferencia del estadounidense, sí le puso un plazo expreso a la causal administrativa.

«Se viene el nuevo delito de ingreso clandestino.» El Senado aprobó en general ese proyecto en mayo de 2026, y su discusión continúa. Pero aunque se apruebe, la Constitución impide aplicarlo a ingresos ocurridos antes de su vigencia. Ninguna ley penal puede castigar hacia atrás.

Si usted está en esta situación

El argumento existe, pero se gana o se pierde con pruebas. Cuatro consejos:

1. Pruebe su fecha de ingreso. Es el punto decisivo. Reúna todo lo que demuestre desde cuándo vive en Chile: contratos de trabajo, cotizaciones, arriendos, matrículas escolares de sus hijos, atenciones de salud, transferencias bancarias. Un informe policial o una autodenuncia con una fecha equivocada puede costarle el caso.

2. No deje pasar los plazos. Si le notifican una expulsión, tiene solo 10 días corridos para reclamar ante la Corte de Apelaciones. Esa reclamación suspende la expulsión.

3. No salga ni vuelva a entrar de forma irregular. Un nuevo ingreso por paso no habilitado reinicia el plazo de cinco años.

4. Acredite su arraigo. Aunque el argumento de los cinco años no prospere, la ley obliga al Servicio a considerar su familia, sus hijos, su trabajo y sus aportes antes de expulsarlo. La Corte Suprema ha anulado expulsiones por no hacerlo.

El tiempo también es derecho

La prescripción no es un regalo para el infractor. Es una garantía para todos: impide que el Estado mantenga a una persona bajo amenaza indefinida por un hecho que ya quedó atrás. Nuestro derecho la reconoce como regla general. No hay razón para negarla a quien cruzó una frontera hace más de cinco años y desde entonces construyó aquí su vida.

La ley chilena ya lo dice. Estados Unidos, con un sistema mucho más duro, reconoce que la entrada se consuma al cruzar y que desde ese día corre el plazo. Lo que falta es que la autoridad migratoria la aplique y que la Corte Suprema la consolide.

No basta con defenderte, tengo que fortalecerte.


Braulio Jatar Alonso es abogado, editor, escritor y profesor. Presidente de ILC Consultores (Chile / Venezuela) y fundador del Colegio Pablo Romero Millán.

Venezuela necesitará un ministro de la diáspora

VENEZUELA MINISTRO DE LA DIASPORA 1

Venezuela necesitará un ministro de la diáspora

Por Braulio Jatar Alonso ( NOTIAMERICA)

Venezuela tiene casi 7,9 millones de ciudadanos fuera de sus fronteras y más de 6,9 millones permanecen en América Latina y el Caribe. Es una realidad demasiado grande para seguir tratándola simplemente como emigración. Una parte importante del país vive hoy fuera del territorio nacional.

Mi propuesta es que la nueva Venezuela tenga un ministro de la diáspora, con competencias reales, presupuesto, capacidad de representación internacional y responsabilidad directa frente a esos millones de venezolanos. La magnitud del fenómeno ya justifica una institución del más alto nivel del Estado.

Durante años, millones de venezolanos han estado en una situación especialmente difícil. Salieron de un país que los empujó a buscar futuro fuera de sus fronteras y llegaron a otros donde muchas veces encontraron restricciones migratorias, dificultades para obtener documentos, empleos precarios, discriminación, xenofobia y problemas para acceder a salud, educación y vivienda.

El Análisis de Necesidades de Refugiados y Migrantes de R4V estimó que 4,18 millones de venezolanos en los países de destino necesitaban algún tipo de asistencia. Cerca del 68 % había obtenido un estatus migratorio regular o reconocimiento como refugiado, mientras unos 2,2 millones permanecían en situación irregular.

Durante demasiado tiempo esta situación ha sido atendida principalmente por los países receptores, ACNUR, la OIM, organizaciones sociales y los propios migrantes. La nueva Venezuela también tiene responsabilidades con esos ciudadanos y deberá asumirlas, independientemente del lugar donde hayan establecido su residencia.

Un Ministerio de la Diáspora debería atender asuntos concretos: pasaportes, registros civiles, protección consular, reunificación familiar, reconocimiento de títulos, seguridad social, situación de los hijos nacidos en el extranjero, inversiones, emprendimientos y relaciones permanentes con los gobiernos de los países donde existen grandes comunidades venezolanas.

El retorno también tendría que formar parte de sus competencias. Quien decida regresar necesitará respuestas sobre reconocimiento de estudios, documentos, incorporación de sus hijos al sistema educativo, inversiones, empleo, seguridad social y traslado de patrimonio. Después de una emigración de estas dimensiones, regresar tampoco es simplemente comprar un pasaje.

Venezuela debe entender igualmente que millones probablemente no regresarán. Han formado familias, adquirido otras nacionalidades, comprado viviendas, creado empresas y educado a sus hijos fuera del país. Esa decisión no los convierte en menos venezolanos ni elimina la posibilidad de mantener una relación económica, profesional y cultural con Venezuela.

Entre esos millones hay médicos, ingenieros, abogados, científicos, empresarios, profesores, técnicos, trabajadores y emprendedores que han acumulado experiencia en decenas de países. Ese capital humano puede participar en la reconstrucción y el desarrollo de Venezuela sin que necesariamente tenga que regresar de manera permanente.

La persona que ocupe ese ministerio deberá tener conocimiento directo de la realidad migratoria, capacidad técnica y credibilidad. También deberá ser respetada por la diáspora y tener interlocución ante gobiernos, organismos internacionales y organizaciones vinculadas con migración y derechos humanos.

La diáspora venezolana lleva años resolviendo individualmente problemas que deberían tener respuesta institucional. Consulados cerrados o deficientes, documentos vencidos, familias separadas, títulos sin reconocimiento, procesos migratorios complejos y ausencia de protección efectiva han sido parte de la vida cotidiana de millones de compatriotas.

Casi ocho millones de venezolanos viviendo fuera del territorio representan una realidad nacional que ningún futuro gobierno podrá ignorar. Venezuela tendrá que reconstruir sus instituciones, pero también tendrá que reconstruir la relación con los ciudadanos que se fueron.

Por esa razón propongo para la nueva Venezuela la creación de un Ministerio de la Diáspora, dirigido por una persona que tenga legitimidad ante los venezolanos en el exterior y respeto ante la comunidad internacional. Millones de ciudadanos dispersos por el mundo necesitan una voz propia dentro del Estado venezolano.

Braulio Jatar Alonso

La factura falsa: Venezuela no le debe petróleo a Trump (Braulio Jatar Alonso)

Venezuela no le debe petroleo a Trumo Braulio Jatar Alonso

La factura falsa: Venezuela no le debe petróleo a Trump 

Por Braulio Jatar Alonso

Antes de la captura de Nicolás Maduro, Marco Rubio repitió una justificación que parecía jurídicamente sencilla: Estados Unidos perseguía a una persona acusada por su propia justicia. El 4 de septiembre de 2025, en Quito, afirmó que Maduro había sido acusado por un gran jurado y era “un fugitivo de la justicia estadounidense”. El 15 de septiembre insistió en que un gran jurado había emitido la acusación. Y el 19 de diciembre sostuvo que la caracterización del régimen como organización narcoterrorista se apoyaba en una acusación federal y en pruebas presentadas ante un gran jurado del Distrito Sur de Nueva York.[1][2][3]

Ese argumento importa hoy porque fue el que acompañó la escalada previa al operativo. No se decía entonces que Venezuela hubiera contratado a Estados Unidos para liberarla, ni que los venezolanos debieran pagar una factura por la eventual captura. Se decía que existía una causa penal estadounidense, una acusación formal y un prófugo de la justicia de Estados Unidos.

Cuando llegó el operativo del 3 de enero de 2026, la propia administración mantuvo inicialmente esa explicación. En la comunicación que Donald Trump remitió al Congreso el 5 de enero señaló que las Fuerzas Armadas actuaron “pursuant to a request from the Attorney General” y que un tribunal federal del Distrito Sur de Nueva York había emitido órdenes de arresto contra Maduro y Cilia Flores basadas en acusaciones de un gran jurado.[4]

Rubio fue todavía más categórico al día siguiente de la captura: “This was an arrest operation. This was a law enforcement operation”. Añadió que Maduro había sido arrestado en territorio venezolano por agentes federales, informado de sus derechos y trasladado a Estados Unidos.[5] Una versión de la Casa Blanca difundida el propio 3 de enero describió igualmente la misión como una operación de aplicación de la ley ejecutada a solicitud del Departamento de Justicia, con participación de fuerzas militares y agentes antidrogas.[6]

Es decir, el relato oficial era inequívoco en su núcleo: Estados Unidos estaba ejecutando órdenes de su propia justicia contra acusados de delitos perseguibles ante sus tribunales. La fuerza militar fue presentada como el instrumento que permitió realizar esa captura, no como un servicio contratado por la República de Venezuela.

Por eso resulta jurídicamente insostenible fabricar después una deuda de los venezolanos por el hecho de que Estados Unidos haya decidido cumplir órdenes judiciales estadounidenses. Hacer justicia no genera, por sí solo, un crédito contra el pueblo en cuyo territorio se encuentra el acusado. Ni la acusación del gran jurado, ni las órdenes de arresto, ni la carta de Trump al Congreso establecen que Venezuela deba indemnizar a Washington por ejecutar esas decisiones.

Sin embargo, apenas consumado el operativo apareció otro discurso. El 3 de enero Trump afirmó que la presencia estadounidense “no nos costará nada” porque había mucho dinero saliendo del subsuelo venezolano. Agregó: “We’re going to get reimbursed for everything that we spend”, y habló de “recuperar” petróleo que, según él, Estados Unidos debió haber recuperado mucho antes.[7]

Tres días después anunció que Venezuela entregaría entre 30 y 50 millones de barriles de petróleo sancionado para ser vendidos a precio de mercado, con los ingresos bajo control estadounidense.[8] Lo que había sido presentado como cumplimiento de una orden judicial comenzó a confundirse con una lógica de reembolso, control económico y aprovechamiento petrolero.

Hay, además, un documento de la propia administración Trump que dificulta todavía más esa narrativa. El 9 de enero, una orden ejecutiva sobre los ingresos derivados del petróleo venezolano depositados en cuentas del Tesoro declaró expresamente que esos fondos constituyen propiedad del Gobierno de Venezuela y que Estados Unidos los mantiene en condición de custodio, “not as the property of the United States”.[9]

La contradicción alcanza hoy una dimensión mucho mayor. El 28 de agosto Trump anunció lo que llamó “THE BIGGEST OIL DEAL IN WORLD HISTORY”: un entendimiento que, según su versión, otorgaría control mayoritario estadounidense sobre más de 65.000 millones de barriles de reservas probadas venezolanas. Reuters y Associated Press han informado que el acuerdo fue negociado por Rubio y Pete Hegseth con el gobierno de Delcy Rodríguez, pero su texto completo y aspectos esenciales de su estructura jurídica y financiera todavía no han sido divulgados públicamente.[10][11]

Mientras tanto, buena parte del aparato que Washington identificó durante años como integrante o soporte del llamado Cartel de los Soles continúa instalada en el poder. El Departamento de Justicia acusó formalmente a Diosdado Cabello junto a Maduro por narcoterrorismo, tráfico de cocaína y delitos vinculados con armas. El Departamento de Estado mantiene una recompensa de hasta 25 millones de dólares por información que conduzca a su arresto o condena.[12][13]

Cabello, sin embargo, sigue siendo ministro del Interior y una de las principales figuras del poder venezolano. Reuters describió en enero que, pese a la extracción de Maduro, el núcleo político, militar y de seguridad que había gobernado Venezuela permanecía esencialmente intacto.[14] En agosto, Cabello continúa apareciendo públicamente como ministro del Interior y secretario general del PSUV.[15]

La pregunta entonces es inevitable. Si el objetivo era desmantelar una organización narcoterrorista, ¿por qué sus figuras centrales permanecen gobernando y negociando con Washington? Y si el objetivo era simplemente ejecutar una orden judicial contra Maduro y Cilia Flores, ¿de dónde nace ahora la idea de que Venezuela debe pagar con su riqueza petrolera el costo de esa operación?

No se trata de negar la importancia de que Maduro comparezca ante un tribunal y tenga que responder por las acusaciones formuladas contra él. Precisamente porque se trataba de justicia, no puede convertirse retrospectivamente en una factura inmoral. La justicia se administra; no se cobra en barriles.

Puede discutirse por separado la conveniencia de abrir la industria petrolera venezolana a capital estadounidense. Puede incluso defenderse un gran acuerdo energético si es transparente, constitucional, aprobado por autoridades legítimas y beneficioso para Venezuela. Pero eso sería un negocio entre Estados y empresas, no el pago de un rescate, ni la compensación por una captura ordenada por tribunales estadounidenses.

Venezuela no le debe un barril de petróleo a Donald Trump, tampoco a Rubio ni a Pete Hegseth,  por haber capturado a Nicolás Maduro. Estados Unidos cumplió una decisión de su propia justicia y Maduro y Cilia Flores están hoy sometidos a esa misma justicia. Convertir ahora aquella operación judicial en el fundamento moral de una apropiación económica es cambiar la historia después de los hechos.

La paradoja es demasiado grande para ignorarla: los venezolanos son presentados como deudores de quienes dicen haberlos liberado, mientras sus riquezas se negocian con buena parte de quienes los mantienen sometidos. Los carceleros continúan en el poder, los libertadores hacen negocios con ellos y al pueblo se le pretende presentar la factura.

FUENTES :

1. U.S. Department of State. “Secretary of State Marco Rubio and Ecuadorian Foreign Minister Gabriela Sommerfeld at a Joint Press Availability”. Quito, 4 de septiembre de 2025. Rubio: Maduro había sido acusado por un gran jurado y era “a fugitive of American justice”.

2. U.S. Department of State. “Secretary of State Marco Rubio with Gillian Turner of Fox News”. 15 de septiembre de 2025. Rubio reiteró que un gran jurado había devuelto una acusación contra Maduro y lo describió como fugitivo de la justicia estadounidense.

3. U.S. Department of State. “Secretary of State Marco Rubio Remarks to the Press”. Washington, 19 de diciembre de 2025. Rubio afirmó que la posición estadounidense se basaba en una acusación federal y una acusación sustitutiva, sustentadas en evidencia presentada ante un gran jurado del Distrito Sur de Nueva York.

4. The White House / U.S. Government Publishing Office. Carta del presidente Donald J. Trump al Speaker de la Cámara de Representantes, 5 de enero de 2026, House Document 119-124. Señala que la operación del 3 de enero se realizó a solicitud de la Fiscal General y que el Tribunal Federal del Distrito Sur de Nueva York había emitido órdenes de arresto basadas en acusaciones de un gran jurado.

5. ABC News. “‘This Week’ Transcript 1-4-26: Secretary of State Marco Rubio”. 4 de enero de 2026. Rubio: “This was an arrest operation. This was a law enforcement operation”; afirmó que Maduro fue arrestado en Venezuela por agentes del FBI, informado de sus derechos y trasladado a Estados Unidos.

6. Roll Call. John T. Bennett. “Trump: US will ‘run’ Venezuela after military mission to nab Maduro”. 3 de enero de 2026. La Casa Blanca describió la misión como una “law enforcement operation” realizada por el Departamento de Guerra y la DEA a solicitud del Departamento de Justicia; indicó que agentes de la DEA practicaron los arrestos. Esta versión difiere en el detalle de la agencia actuante de la declaración posterior de Rubio, pero ambas coinciden en caracterizar la captura como una operación de aplicación de la ley.

7. Reuters. “Trump says US will take Venezuelan oil, be reimbursed for costs”. Palm Beach, 3 de enero de 2026. Trump: “We’re going to get reimbursed for everything that we spend” y afirmó que Estados Unidos recuperaría petróleo venezolano.

8. Reuters. “Trump says Venezuela to turn over 30 to 50 million barrels of oil to US”. 6 de enero de 2026. Trump anunció la transferencia de entre 30 y 50 millones de barriles de petróleo sancionado para venta a precio de mercado bajo control estadounidense.

9. The White House. Executive Order 14373, “Safeguarding Venezuelan Oil Revenue for the Good of the American and Venezuelan People”. 9 de enero de 2026. La orden declara que los fondos derivados del petróleo son propiedad del Gobierno de Venezuela y que Estados Unidos los mantiene en capacidad custodial y no como propiedad estadounidense.

10. Reuters. Jarrett Renshaw. “Trump says US is taking partial control of Venezuela’s vast oil reserves”. 28 de agosto de 2026. Trump anunció control mayoritario sobre más de 65.000 millones de barriles de reservas probadas; Reuters señaló que los detalles jurídicos y financieros seguían sin estar claros.

11. Associated Press. Aamer Madhani y Collin Binkley. “What we know about Trump’s deal giving US access to vast oil reserves in Venezuela”. 30 de agosto de 2026. AP informó sobre una estructura de participación estadounidense y señaló que seguían sin conocerse detalles esenciales de financiamiento, implementación y términos completos.

12. U.S. Department of Justice, Southern District of New York. “Manhattan U.S. Attorney Announces Narco-Terrorism Charges Against Nicolas Maduro, Current and Former Venezuelan Officials…”. 26 de marzo de 2020. Incluye a Diosdado Cabello en la acusación por narcoterrorismo, tráfico de cocaína y delitos de armas.

13. U.S. Department of State. “Diosdado Cabello Rondón – Narcotics Rewards Program: Wanted”. Actualización del 10 de enero de 2025. Recompensa de hasta 25 millones de dólares por información que conduzca a su arresto o condena; la ficha lo vincula con el Cartel de los Soles.

14. Reuters. David Brunnstrom. “Who’s really running Venezuela?”. 13 de enero de 2026. Reuters informó que el sistema de poder político, militar y de seguridad permanecía intacto después de la captura de Maduro. 15. Agencia EFE. “Diosdado Cabello niega que se esté discutiendo la liberación de presos políticos en la mesa de diálogo con la oposición”. 25 de agosto de 2026. Identifica a Cabello como ministro del Interior y secretario general del PSUV

De Irene Sáez, Miss Universe, al Maduro de Trump

De Irene Sáez, Miss Universe, al Maduro bajo custodia de la administración Trump, la cuestión de fondo sigue siendo la misma: ningún parlamento, ningún tribunal y mucho menos Donald Trump o Marco Rubio pueden colocarse por encima de la Constitución venezolana. Washington puede presionar o negociar, pero no decidir quién gobierna Venezuela ni sustituir su soberanía constitucional.

De Irene Sáez, Miss Universe, al Maduro de Trump

Por Braulio Jatar Alonso ETL

Gonzalo Oliveros Navarro publicó recientemente en Barra Plural una interesante reflexión que me hizo regresar a un episodio del cual no fui simplemente testigo. Fui abogado: la declaratoria de vacante de la Gobernación de Nueva Esparta durante el mandato de Irene Sáez.

Eustacio Aguilera, entonces presidente del parlamento regional, y Leopoldo Espinoza Prieto acudieron a mi oficina en Porlamar. Estudiamos el caso y concluimos que correspondía al órgano legislativo calificar la ausencia de la gobernadora. La controversia llegó finalmente al Tribunal Supremo de Justicia y prevaleció aquella tesis.

Oliveros trae ahora ese precedente al caso de Nicolás Maduro, capturado por Estados Unidos el pasado enero y actualmente fuera de Venezuela, mientras Delcy Rodríguez ejerce la Presidencia interina. La comparación es jurídicamente provocadora, pero existe una diferencia que merece examinarse.

El artículo 233 de la Constitución incluye entre las faltas absolutas el abandono del cargo, pero exige que sea declarado por la Asamblea Nacional. Hasta allí podría sostenerse que mientras el Parlamento no actúe, no existe jurídicamente abandono.

Pero la Constitución no termina en el artículo 233. El 234 dispone que las faltas temporales serán suplidas hasta por 90 días, prorrogables por otros 90, y establece que, prolongada la falta por más de 90 días, la Asamblea Nacional decidirá si debe considerarse absoluta.  

Aquí aparece una cuestión decisiva: ¿puede la Asamblea burlar la Constitución simplemente negándose a decidir? Claro que no.

La propia Constitución creó el remedio. Su artículo 336.7 atribuye a la Sala Constitucional la facultad de declarar inconstitucionales las omisiones del Poder Legislativo cuando este deje de adoptar las medidas indispensables para garantizar el cumplimiento de la Constitución, pudiendo establecer incluso el plazo para corregirlas.

Por tanto, la competencia de la Asamblea no puede transformarse en derecho al silencio. Tampoco significa que el Tribunal Supremo pueda sustituir al Parlamento y declarar por sí mismo el abandono. Eso sería igualmente peligroso: combatir una omisión constitucional mediante otra usurpación constitucional.

La salida correcta sería otra: declarar inconstitucional la omisión y obligar a la Asamblea Nacional a pronunciarse.

De Irene Sáez, Miss Universe, al Maduro bajo custodia de la administración Trump, la cuestión de fondo sigue siendo la misma: ningún parlamento, ningún tribunal y mucho menos Donald Trump o Marco Rubio pueden colocarse por encima de la Constitución venezolana. Washington puede presionar o negociar, pero no decidir quién gobierna Venezuela ni sustituir su soberanía constitucional.

Porque también se viola una Constitución cuando, teniendo el deber de aplicarla, se decide simplemente no hacerlo.

El terrorismo estocástico contra los inmigrantes en Chile

El terrorismo estocástico contra los inmigrantes en Chile

El terrorismo estocástico contra los inmigrantes en Chile

Por Braulio Jatar Alonso (NotiAmerica)

Hay una expresión que Chile debería comenzar a conocer: terrorismo estocástico. No es una figura penal. Es un concepto utilizado para describir cómo determinados discursos públicos, repetidos de manera constante contra un grupo, pueden aumentar la probabilidad de que alguien termine actuando violentamente contra sus integrantes.

No hace falta ordenar una agresión. Basta construir un enemigo, atribuirle los problemas de la sociedad y repetir suficientemente el mensaje. No sabemos quién actuará ni cuándo, pero se crea el ambiente para que ocurra.

Eso me preocupa cuando observo parte del debate migratorio chileno.

Un reciente proyecto de ley ingresado por los senadores Iván Flores, Danisa Astudillo, Paulina Núñez y Paulina Vodanovic busca sancionar penalmente los matrimonios y acuerdos de unión civil celebrados con fines migratorios.

La iniciativa aparece después de conocerse que los AUC entre chilenos y extranjeros aumentaron significativamente entre 2024 y 2025. Sus promotores sostienen que podrían existir personas que utilicen estos vínculos para obtener beneficios migratorios e incluso redes que intermedian, a cambio de dinero, para producir uniones ficticias.

Si existe fraude, que se investigue y se sancione. Esa discusión es perfectamente legítima.

El problema comienza cuando una estadística se utiliza para sembrar sospechas sobre las relaciones entre chilenos y extranjeros. Que aumenten los matrimonios o los acuerdos de unión civil interculturales no demuestra que exista fraude.

He dicho públicamente que este tipo de iniciativas forma parte de una estrategia que termina dificultando y estigmatizando los vínculos entre personas de distintas culturas. Ni los números conocidos ni los casos efectivamente comprobados parecen suficientes para sostener semejante sospecha generalizada.

Cuando la condición de extranjero comienza a convertirse por sí misma en motivo de desconfianza, estamos entrando en un terreno peligroso. Eso es, derechamente, racismo.

Primero se construyó la imagen del inmigrante como responsable de la delincuencia. Después llegó el “irregular” presentado como amenaza. Ahora incluso el matrimonio o la unión civil pueden ser observados desde la sospecha.

Así funciona el terrorismo estocástico.

Cuando dirigentes políticos, medios y comunicadores repiten constantemente que determinado grupo es peligroso, fraudulento o indeseable, contribuyen a crear un clima social donde la discriminación y eventualmente la violencia se vuelven más probables.

Chile tiene todo el derecho a combatir el fraude migratorio.

Lo que no tiene derecho es a convertir al inmigrante en sospechoso permanente.

Porque las palabras pronunciadas desde posiciones de poder tienen consecuencias. Y quien siembra sistemáticamente miedo contra un grupo humano nunca puede saber quién terminará convirtiendo ese miedo en odio, ni quién finalmente decidirá actuar.

El pecado original de ser “irregular” en Chile: La vergüenza debe cambiar de bando

En Chile hay personas que han cumplido cada exigencia del Estado y, aun así, continúan condenadas a no existir. Se presentaron ante la policía, entregaron sus huellas, fueron empadronadas, acreditaron domicilio, consiguieron trabajo, cotizaron, formaron familias y tuvieron hijos chilenos. Después de todo eso, el mismo Estado les responde que nada es suficiente.

En Chile hay personas que han cumplido cada exigencia del Estado y, aun así, continúan condenadas a no existir. Se presentaron ante la policía, entregaron sus huellas, fueron empadronadas, acreditaron domicilio, consiguieron trabajo, cotizaron, formaron familias y tuvieron hijos chilenos. Después de todo eso, el mismo Estado les responde que nada es suficiente.

La causa de esa condena suele estar en un hecho ocurrido años atrás: haber ingresado por un paso no habilitado. Esa infracción se transforma en una especie de pecado original que nunca se perdona. No importa cuánto tiempo haya transcurrido, qué vida construyeron, cuánto aportaron o cuántos vínculos familiares tengan. Permanecen tatuados administrativamente como “irregulares”.

La contradicción es brutal. La propia Ley de Migración y Extranjería chilena establece que la migración irregular no constituye delito y obliga al Estado a respetar los derechos humanos de las personas extranjeras, sin importar su condición migratoria. Sin embargo, el discurso público y numerosas prácticas institucionales continúan tratando al migrante irregular como si fuera un delincuente.

No los contratan formalmente porque no tienen documentos vigentes, pero después se les reprocha no tener contrato ni cotizaciones. Trabajan en condiciones precarias, expuestos al abuso y sin herramientas reales para defenderse. Enfrentan obstáculos para otorgar poderes de representación, realizar trámites notariales, abrir cuentas o acreditar su identidad ante distintas instituciones.

También hemos conocido parejas que llevan años viviendo juntas, algunas casadas en sus países de origen, pero que permanecen separadas jurídicamente porque uno de sus integrantes nunca ha podido regularizarse. Otras enfrentan dificultades incluso para celebrar el matrimonio o un acuerdo de unión civil debido a exigencias documentales que convierten un derecho fundamental en una carrera de obstáculos.

Hay madres y padres de niños chilenos que continúan atrapados en la irregularidad. La familia existe para el trabajo, para el arriendo, para pagar impuestos, para criar a los hijos y sostener el hogar, pero desaparece cuando llega el momento de decidir sobre la residencia.

No se trata de negar el derecho del Estado a controlar sus fronteras. Tampoco defendemos que toda persona deba ser regularizada sin revisar sus antecedentes. No fabricamos víctimas ni declaramos inocencias por nacionalidad. Exigimos que cada caso sea examinado individualmente, considerando la conducta, el arraigo, la familia, el trabajo y las razones que provocaron el desplazamiento.

La Política Nacional de Migración reconoce que los mecanismos de regularización pueden considerar el tiempo de permanencia, los vínculos familiares y laborales, la contribución realizada al país, las labores de cuidado y la inexistencia de antecedentes penales. Las herramientas existen. Lo que ha faltado es la voluntad de utilizarlas con humanidad, proporcionalidad y justicia.

Desde nuestro trabajo jurídico y social hemos llevado estas historias ante autoridades administrativas y tribunales. Hemos defendido a madres a quienes se negaron licencias maternales, trabajadores despedidos por no obtener sus documentos, familias amenazadas con ser separadas y personas detenidas como si la irregularidad migratoria fuera una orden de captura.

Ahora, desde la Fundación Derechos por Siempre, hemos creado una plataforma para recibir, preservar y documentar estas denuncias. Cada testimonio podrá mantenerse confidencial o hacerse público. Buscamos reunir nombres, antecedentes, documentos y responsabilidades. Romper el silencio, conservar las pruebas y convertir el dolor en memoria, denuncia y justicia.

En este proceso hemos hecho nuestra la consigna francesa “La honte doit changer de camp”: la vergüenza debe cambiar de bando.

La frase alcanzó dimensión mundial cuando Gisèle Pelicot se negó a que el juicio contra quienes abusaron de ella se desarrollara en secreto. Pero su antecedente se encuentra en otra gran mujer francesa: la abogada Gisèle Halimi, quien en el histórico juicio de Aix-en-Provence de 1978 defendió que las víctimas no tenían nada que ocultar y que eran los agresores quienes debían quedar expuestos.

Hoy trasladamos esa idea a la defensa de las personas migrantes. La vergüenza no pertenece a quien cruzó una frontera huyendo del hambre, la violencia o la desesperación. Tampoco a quien trabaja, cotiza, forma una familia y espera durante años una respuesta.

La vergüenza pertenece a quienes humillan, discriminan, explotan o utilizan el poder para privar a otros de sus derechos fundamentales. Pertenece también a quienes ven la injusticia, tienen la facultad de corregirla y prefieren guardar silencio.

La vergüenza debe cambiar de bando. Y en Chile, esa batalla apenas comienza.

El ego también pierde finales Por Braulio Jatar

El ego tambien pierde finales BJA Notiamerica

Diversas corrientes filosóficas y espirituales coinciden en una advertencia: el ego descontrolado termina convirtiéndose en fuente de sufrimiento. No hablamos de la autoestima necesaria para competir, crear o defender una causa, sino de esa construcción interior que necesita sentirse superior, tener siempre la razón y transformar cada derrota en una humillación intolerable.

El budismo identifica el apego y el deseo insaciable como causas del sufrimiento. El estoicismo enseña que no son los acontecimientos los que nos perturban, sino los juicios desordenados que construimos sobre ellos. La tradición cristiana coloca la soberbia entre los vicios que deforman nuestra relación con los demás. Las tres miradas, desde caminos diferentes, describen el mismo peligro: cuando el yo ocupa todo el espacio, desaparecen la serenidad, la justicia y el respeto.

La final del Mundial de fútbol disputada el 19 de julio de 2026 dejó una lección que va mucho más allá del resultado. España venció 1-0 a Argentina en la prórroga y conquistó legítimamente la Copa. La selección argentina llegaba como campeona defensora, impulsada por el sueño de repetir el título de Qatar y sumar una cuarta estrella. Era una aspiración comprensible. El problema comienza cuando el deseo de ganar deja de ser una meta y se convierte en una obligación emocional que no admite otro desenlace.  

Argentina no perdió por falta de entrega. Llegó nuevamente a una final y mantuvo durante años uno de los ciclos más exitosos de su historia. Pero algunos integrantes de su delegación parecieron no comprender que el deber deportivo no termina con el último silbato. También incluye reconocer la derrota, felicitar al adversario y permitir que el triunfador celebre sin agresiones ni gestos de desprecio.

Después del partido se produjo una pelea en el terreno. Leandro Paredes fue señalado por iniciar un enfrentamiento con jugadores españoles, otros futbolistas y miembros de los cuerpos técnicos intervinieron, y la FIFA abrió una investigación disciplinaria. Roberto Ayala, integrante del cuerpo técnico argentino, terminó ofreciendo disculpas por su participación. El seleccionador español, Luis de la Fuente, calificó lo ocurrido como intolerable e inaceptable.  

También circularon imágenes de jugadores argentinos dando la espalda mientras España levantaba la Copa. Algunos medios lo interpretaron como un boicot a la premiación; otros señalaron que los futbolistas permanecían orientados hacia sus aficionados. Esa imagen aislada puede admitir diferentes explicaciones. La pelea posterior, en cambio, constituye un hecho mucho más difícil de justificar.  

Sería injusto convertir estos episodios en una condena contra Argentina. Buena parte de la prensa de ese país reconoció que España había sido superior y merecía el campeonato. Juan Román Riquelme felicitó al vencedor y consideró justo el resultado. Hubo, por tanto, argentinos capaces de sentir el dolor de la derrota sin negar el mérito ajeno.

Precisamente allí aparece la diferencia entre identidad y ego. La identidad permite amar una camiseta sin odiar la ajena. El ego, por el contrario, interpreta el triunfo del otro como una disminución propia. Necesita buscar conspiraciones, culpables o provocaciones porque aceptar la realidad significaría reconocer que, por una noche, alguien fue mejor.

Argentina ya había ganado el respeto del mundo por su fútbol, su resistencia y su capacidad para levantarse. Ninguna derrota podía borrar los títulos obtenidos ni la grandeza de sus jugadores. Sin embargo, algunos comportamientos posteriores a la final amenazaron con dañar aquello que una Copa no puede comprar: la admiración de quienes saben distinguir entre un gran campeón y alguien que simplemente ha ganado muchas veces.

El deporte no forma únicamente vencedores. Forma seres humanos capaces de controlar la frustración, respetar reglas y estrechar la mano del rival. Ganar demuestra talento. Saber perder demuestra carácter.

España levantó la Copa. Argentina conservó una historia extraordinaria, pero algunos de sus representantes dejaron escapar la oportunidad de engrandecerla. Porque el verdadero campeón no es solamente quien sabe subir al podio. También es quien, cuando le corresponde mirar desde abajo, permanece de pie, reconoce al vencedor y lo aplaude.

Nuestros “irregulares”: de la cobardía de Boric al matonaje de Kast

Chile tiene un reto que ya no puede seguir afrontando desde el miedo. Cerca de 1,9 millones de personas extranjeras viven en el país, casi el 10% de su población, y unas 337.000 se encuentran en situación migratoria irregular. No hablamos de una presencia marginal, sino de familias, trabajadores, niños y vínculos construidos durante años.

Por Braulio Jatar Alonso

Chile tiene un reto que ya no puede seguir afrontando desde el miedo. Cerca de 1,9 millones de personas extranjeras viven en el país, casi el 10% de su población, y unas 337.000 se encuentran en situación migratoria irregular. No hablamos de una presencia marginal, sino de familias, trabajadores, niños y vínculos construidos durante años.

Esta realidad coincide con una crisis demográfica que la política prefiere ignorar. En 2025, la fecundidad cayó a 0,99 hijos por mujer y el 45% de las comunas registró crecimiento natural negativo. Chile envejece y necesitará trabajadores, cotizantes y nuevas generaciones para sostener sus sistemas previsional, sanitario y de cuidados. La inmigración no es caridad. Es una necesidad estructural que debe gestionarse con orden, inteligencia e integración.

Durante los últimos años, parte de la casta política, algunos medios, conductores de opinión y ejércitos de cuentas en redes sociales se han lanzado a competir por explotar el miedo al extranjero. Así se alimentan la xenofobia, el racismo y la aporofobia. Porque casi nunca se persigue al extranjero poderoso: se persigue al pobre, al trabajador precarizado, a la mujer sola y al niño cuya familia no pudo vencer la burocracia.

La palabra “irregular” dejó de describir una situación administrativa y comenzó a utilizarse como una condena moral. Con ella se borran derechos y se convierten seres humanos en cifras, olvidando que el propio ordenamiento chileno obliga al Estado a respetar y garantizar los derechos de los extranjeros conforme a la Constitución, las leyes y los tratados internacionales vigentes.

Gabriel Boric tuvo la oportunidad de romper esa lógica. Su gobierno inscribió a 226.064 personas y empadronó biométricamente a 182.119. El Estado conoció sus identidades, huellas y fotografías, e incluso estudió una regularización acotada. Pero retrocedió. No fue falta de información, sino falta de coraje. La izquierda chilena levantó internacionalmente las banderas de los derechos humanos, pero no quiso pagar el costo político de defenderlas dentro de Chile.

José Antonio Kast tomó esa cobardía y la convirtió en matonaje institucional. Su gobierno exhibe vuelos de expulsión y contabiliza expulsados como indicador de éxito. El director de Migraciones ha anunciado que a los irregulares no se les permitirá trabajar y que se restringirán sus beneficios sociales. Un Estado puede controlar sus fronteras y ejecutar decisiones legales; lo que no puede hacer es fabricar una población sin trabajo, sin protección y empujada deliberadamente hacia la marginalidad.

La ley chilena permite privar de libertad a una persona únicamente para hacer efectiva su expulsión y por un máximo de cinco días. Sin embargo, la propia PDI ha reconocido que cerca de seis mil venezolanos con órdenes vigentes no pueden ser expulsados por falta de relaciones consulares. Cuando la expulsión no es materialmente posible, detener para intimidar deja de ser control migratorio y se acerca demasiado al abuso de poder.

En nuestro trabajo jurídico hemos debido acudir a los tribunales para defender a mujeres mayores, madres, trabajadores y familias tratadas como amenazas, aunque muchas hicieron cuanto el propio Estado les exigió para regularizarse. El problema no es solamente la irregularidad migratoria. También es la irregularidad moral de un Estado que demora, abandona y después castiga.

No se trata de fronteras sin reglas. Se trata de reglas sin crueldad. Chile debe decidir si administrará la migración con humanidad o si seguirá produciendo enemigos para alimentar campañas electorales. Frente a esa oscuridad, algunos seguiremos encendiendo la luz de la justicia.

EL LIBRO: NO NOS VAN A DEPORTAR DE NUESTROS DERECHOS

Este libro está en desarrollo porque la injusticia no ha terminado. Se irá escribiendo al ritmo de los nuevos casos que aparezcan en un Chile que todavía no comprende que la integración y la multiculturalidad dejaron de ser una opción académica

El Censo 2024 registró 1.608.650 personas nacidas fuera del país, equivalentes al 8,8% de la población residente. Es decir, casi uno de cada once habitantes. Chile ya cambió, aunque parte de sus instituciones, su política y sus medios continúe hablando como si la migración fuera una visita incómoda que algún día desaparecerá.  

Se ha repetido que Chile es el país más xenófobo del hemisferio en las redes sociales. No encontré una medición comparativa seria que permita sostener ese ranking. No necesitamos exagerar.

Lo comprobable ya es brutal: un estudio de ACNUR y la Universidad Carlos III determinó que el 57,7% de las publicaciones sobre personas en movilidad originadas en Chile transmitía una percepción negativa, mientras apenas el 4% expresaba una valoración positiva.  

La calle puede ser distinta. Allí también existen vecinos solidarios, empleadores decentes, funcionarios conscientes y chilenos que entienden que nadie abandona su patria por deporte.

Pero el lenguaje antimigrante se reproduce con especial fuerza en los centros de poder, en discursos políticos, en titulares que convierten la nacionalidad en antecedente penal y en redes donde la crueldad recibe aplausos, alcance y rentabilidad.

De esa realidad nace No nos van a expulsar de la justicia. No será un tratado escrito desde la comodidad de una biblioteca. Será la memoria de madres a quienes se negaron licencias maternales después de cotizar; trabajadores despedidos porque sus documentos no avanzaron; familias casadas pero separadas; personas que aportaron durante años a las AFP y luego descubrieron que su dinero tenía más derechos que ellas.

También estarán la madre asesinada de un escopetazo, el taxista abofeteado, la persona baleada por agentes del Estado, el hombre amputado porque no pudo pagar a tiempo y los hermanos atrapados por un doble asesinato y una vida sin salida. Estarán los niños haitianos convertidos en sospechosos por su color de piel y las familias sometidas a una persecución pública antes de que los hechos fueran establecidos.

Cada historia será tratada con nombres, antecedentes, responsabilidades y documentos. No buscamos fabricar víctimas ni declarar inocencias por nacionalidad.

Libertad, igualdad y fraternidad no pueden ser palabras reservadas para discursos solemnes. La igualdad desaparece cuando el pasaporte determina cuánto vale una vida. La libertad se degrada cuando el miedo político convierte al extranjero en enemigo. La fraternidad muere cuando una sociedad acepta la humillación como política pública.

Este libro permanecerá en construcción porque cada nuevo abuso abre un capítulo y cada victoria judicial demuestra que la batalla tiene sentido. Chile aún puede construir una convivencia firme, ordenada y humana.

La tarea sigue pendiente, y nosotros seguiremos allí, defendiendo a quienes algunos quisieran expulsar incluso de la justicia o pretender deportarnos de nuestros derechos.

Tren de Aragua, Diosdado Cabello y el dinero que salió de Chile

TA

Tren de Aragua, Diosdado Cabello y el dinero que salió de Chile

Por Braulio Jatar Alonso
ETL

La Operación Tokio, desarrollada por la Fiscalía Metropolitana Sur y la PDI, reveló una estructura de lavado que habría sacado de Chile más de $78 mil millones de pesos, cerca de 86,5 millones de dólares. El dinero se habría movido mediante criptomonedas, empresas de fachada, cuentas bancarias y transferencias internacionales.

El fiscal Héctor Barros, el mismo que vinculó a Diosdado Cabello con el asesinato del teniente Ronald Ojeda en Chile, calificó el caso como uno de los mayores lavados de dinero detectados en el país.

Según los antecedentes conocidos, el dinero provenía de delitos graves: extorsiones, contrabando, tráfico de drogas, explotación sexual, secuestros y otras actividades asociadas al Tren de Aragua. La investigación apunta a que parte de esos fondos salían de Chile hacia otros países, incluso mediante empresas de criptomonedas y sociedades que funcionaban como vehículos para ingresar dinero ilícito al sistema formal.

La organización no operaba como una banda callejera. Operaba como una empresa criminal transnacional. Tenía recaudación, operadores financieros, contactos bancarios, sociedades instrumentales, uso de criptoactivos y capacidad para mover millones fuera del país. Entre los detenidos apareció incluso un ejecutivo bancario, investigado por facilitar cuentas y operaciones para el traslado de fondos.

El Tren de Aragua nació en Venezuela, se expandió desde estructuras carcelarias y terminó instalado en varios países de la región. En Chile, las autoridades lo han vinculado, tal y como señalamos, con homicidios, secuestros, trata de personas, extorsiones y con el crimen del exteniente venezolano Ronald Ojeda.

A ese cuadro se suma ahora la muerte de Héctor Rusthenford Guerrero Flores, alias “Niño Guerrero”, máximo jefe del Tren de Aragua, anunciada por Donald Trump tras una operación militar de Estados Unidos en Venezuela, coordinada con autoridades venezolanas.

Su muerte golpea el vértice de la organización, pero no desmonta por sí sola sus operadores, sus rutas, sus recaudadores ni su estructura financiera. El Tren de Aragua no dependía solo de un jefe. Dependía de una red. Y esa red, como acaba de mostrar la Operación Tokio, también funcionaba con dinero, empresas, bancos, criptomonedas y contactos.

En todo el circuito investigativo aparece Diosdado Cabello. La fiscalía chilena ha señalado públicamente que existen antecedentes que apuntan hacia él en el caso del exteniente venezolano, y el Tren de Aragua en encargado de ejecutar la orden que vino desde Caracas.

Además, el expediente norteamericano contra Nicolás Maduro y otros jerarcas venezolanos menciona a Diosdado Cabello y al “Niño Guerrero”, líder del Tren de Aragua, dentro de una acusación sobre narcotráfico, armas y cooperación con organizaciones criminales.

La Operación Tokio muestra que el Tren de Aragua no se combate solo con controles de identidad ni discursos electorales. Porque si más de $78 mil millones de pesos chilenos pudieron salir de Chile, el problema no fue únicamente la banda. También fallaron filtros, alertas, bancos, controles y sistemas de prevención.

 Chile descubrió el dinero. Estados Unidos anuncia la muerte del jefe máximo. Ahora falta lo esencial: perseguir a quienes protegieron, financiaron y permitieron que la banda criminal más peligrosa del hemisferio creciera bajo el amparo del poder venezolano. El “Niño Guerrero” cayó. La red que lo hizo posible sigue pendiente.